En el sínodo sobre la familia se ha planteado la posibilidad de agilizar los procesos de nulidad. Y ya han saltado los típicos listillos acusando a la Iglesia de hipócrita porque condena el divorcio por un lado, y da rienda suelta a las nulidades por otro. ¿Es la nulidad matrimonial un divorcio rociado con agua de Lourdes? ¿Son los obispos una pandilla de incoherentes? Veamos…
Aclaremos cuatro cosillas sobre la nulidad.
Primero, si ahora se plantean agilizar las nulidades es porque muchos matrimonios actuales realmente son nulos. Gente que se casó sin saber a dónde iba, sin tomarse en serio el matrimonio, sin creer en que el lazo es indisoluble y abierto a la vida. Quizá no por mala voluntad, pero sí por falta de preparación, por inmadurez, por falta de fe en el matrimonio por la Iglesia. Pero declarar nulo lo que nunca fue verdadero matrimonio no es emitir sentencias de divorcios.
Segundo, para que el matrimonio sea válido, es necesario que el día de la boda los contrayentes tengan intención de unirse para toda la vida y que esa unión esté abierta a la procreación. Esas dos condiciones son imprescindibles. Si uno de los dos dice la fórmula “Yo te recibo como esposo” pero en su interior rechaza la unión indisoluble o la posibilidad de tener hijos… entonces no hay matrimonio (Código de Derecho Canónico). Estaríamos ante un matrimonio nulo.
Oiga, ¿y qué pasa si los novios cumplen los requisitos mencionados el día de las nupcias, pero años después uno de ellos tiene una aventura con una Giselle Bundchen o un George Clooney -por menos, francamente no vale la pena-; o uno de ellos utiliza contraceptivos? Nada de esto invalida al matrimonio, ya que la validez se refiere al momento de casarse. No tiene sentido que pidan la nulidad por un adulterio posterior si el día de la boda querían ser fieles. Esa unión es perfectamente válida.
Tercero, cuando un tribunal eclesiástico, después de estudiar el caso en un proceso judicial, dicta sentencia de nulidad, no está disolviendo ese matrimonio, sino que declara su invalidez originaria. O sea que no es un divorcio, la Iglesia no divorcia a la gente. Es bastante fácil de entender: si el matrimonio es indisoluble por naturaleza, no lo puede disolver un tribunal eclesiástico (ni uno civil en el caso del divorcio, ¿quiénes se habrán creído que son?). Lo único que hacen los jueces eclesiásticos es constatar, después de examinar las pruebas, que no hubo verdadera unión cuando los contrayentes se casaron. O hay matrimonio o no lo hay. Si no lo hay, la Iglesia lo constata; y si lo hay, la Iglesia no puede emitir sentencia de nulidad.
Cuarta, si alguien se aprovecha del proceso de nulidad con engaño, aportando pruebas amañadas, a fin de deshacer la unión, lo único que está haciendo es engañarse a sí mismo. El tribunal eclesiástico no es la voz de Dios. Sólo puede llegar a conclusiones basadas en las pruebas que tenga.